Conciliación de Contrato con Entidades Privadas o Conciliación de Contrato con Entidades del Estado

Que es una Conciliación de Resolución de Contratos?

Una conciliación de resolución de contrato es un acuerdo entre dos partes para dejar sin efecto un contrato de alguna de las prestaciones con una persona jurídica privada o del Estado.

Que es una Conciliación de Incumplimiento de Contratos?

Una Conciliación por incumplimiento de contrato se produce cuando una de las partes involucradas en el contrato no cumple con lo establecido en el mismo.

Que es una Conciliación de Contrato con el Estado?

La conciliación en el ámbito de las contrataciones del Estado es un mecanismo para resolver conflictos entre una entidad pública y un contratista.

Ventaja de la Conciliación de Contratos.

Resolver conflictos con entidades del estado mediante la conciliación, ofrece diferentes beneficios, por ejemplo: brinda agilidad en la resolución del conflicto, menor costo ya que puede evitar un proceso judicial, se mantienen de relaciones comerciales, y da la oportunidad de llegar a soluciones personalizadas para ambas partes.

Que sucede si se incumple el acuerdo?

Si el deudor no cumple el acuerdo del Acta de Conciliación, el reclamante, puede entablar una demanda para que el juez ejecute el acta. El juez no hace cambios en el acta de conciliación, el juez se encarga de establecer la medida que hará cumplir el acuerdo establecido en el acta de conciliación.

Proceso de la conciliación de Contratos

El proceso es el siguiente:

  • Primer paso: Realiza tu solicitud llenando el formato que te entregaremos cuando nos contactes.

  • Segundo paso: Entregar los anexos indicados en el siguiente link

    • Para Contratos con Empresas Privadas por Resolución de Contratos REQUISITOS. (2 juegos de copias).

    • Para Contratos con Empresas Privadas por Incumplimiento de Contratos REQUISITOS. (2 juegos de copias).

    • Para Contratos con Empresas del Estado REQUISITOS. (2 juegos de copias).

  • Tercer Paso: El centro de conciliación realiza los tramites para Notificar a la parte invitada.

    Cuarto Paso: Se realiza la sesión con ambos conciliantes y se realiza el Acta de Conciliación.

    Realizamos Conciliaciones Presenciales y Virtuales, para las conciliaciones virtuales se necesita obligatoriamente el teléfono y correo de la parte invitada. Para el caso de una conciliación del Estado, se necesita que se nos indique si el invitado tiene mesa de partes presencial o virtual.

Recuerda: La conciliación de Contratos es obligatoria para poder entablar una posible demanda, en el Centro de Conciliación Extrajudicial B&P en Jesús María - Lima, estamos para ayudarte!

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